Un DVR que borra anuncios causa polémica en USA

¿El principio del fin de los anuncios? ¿El principio del fin de las series de TV? ¿El fin de la industria audiovisual? No caerá la breva en ninguno de estos casos. Lo que sí es evidente es que el mundo ni es como era hace poco ni será como pensamos…
Será todo tan, tan, tan diferente que más vale resetear nuestras obsoletas mentes ty estar abiertos a casi cualquier cosa.
Facebook y el mercado: esto es lo que hay...

La salida a bolsa de Facebook ha constatado dos grandes fenómenos que todos intuimos: de un lado, está plagada de grandes empresas dedicadas a crear grandes booms (¿burbujas?) de los que beneficiarse en un rápido pelotazo y a los que arrastrar a miles de inversores a los que dejan a su suerte en poco tiempo y, de otro, que pasamos del cielo al infierno en 0,2.
¿Moraleja? La bolsa es un lecho de pirañas carnívoras e histéricas. Sin más.
Es el documento, generalmente situado en la parte inferior de la home de cualquier website, en la que su titular informa a los usuarios acerca de los siguientes extremos: qué datos recoge, para qué los recoge, cómo los conserva y con qué finalidades los usa.
¿Qué es la política de privacidad que vemos en las webs? - Lexionario Avezalia
Manual práctico sobre Ley Sinde: el bueno, el feo y el malo (cap. II)
Habíamos dejado el estudio en la descripción de cada uno de los protagonistas: el bueno (titular de un derecho de propiedad intelectual); el malo (responsable de servicios de la sociedad de la información); y el feo (la Sección Segunda, ya que es a la que le van a caer todas las críticas del público). Pues bien, visto los protagonistas principales, la película se pone en marcha cuando el bueno se dirige al feo para que le pare los pies al malo. ¿Qué ocurre entonces?
Una vez el bueno ha solicitado la ayuda del feo, éste notificará el inicio del procedimiento sancionador al correspondiente prestador de servicios de intermediación (no es un protagonista propiamente dicho, sino más bien un actor secundario, pues presencia toda la escena pero solo interviene por si acaso), a efectos de tenerle informado de la posibilidad de futuros requerimientos de identificación y de ejecución. El feo pasará a identificar al malo, pero puede ocurrir que el malo no sea identificable a simple vista de su web, por lo que habrá que acudir al Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo para que autorice la cesión de datos por el actor secundario al que antes hicimos alusión.
En este punto ya tenemos identificado al malo. Ahora, el feo dictará acuerdo de inicio del procedimiento, y requerirá al malo para que, en Límite 48 horas o se retire o haga alegaciones. Si hace lo primero, no habrá duelo, y se archivará el procedimiento. En caso contrario, se abrirá la fase de pruebas y asistiremos a las conclusiones.
El feo resuelve el procedimiento, y en el caso de declararse la vulneración, dará una nueva oportunidad al malo para que en 24 horas retire o interrumpa lo que mal estaba haciendo. Pero es aquí donde vuelve a intervenir el actor secundario, ya que si el malo lo es de verdad, no hará caso al aviso, y será entonces cuando el secundario, por mandato, ejecutará, siempre con el beneplácito de la autoridad judicial.
La película en cuestión no dura mucho: a lo sumo tres meses. El procedimiento más abreviado no puede ser, pero si como es de esperar, las denuncias que gratis salen, pronto proliferan, en poco tiempo la Sección Segunda, que se nutre únicamente de los ingresos que tiene el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y que no han sido ampliados este año, en poco tiempo estará atascado por falta de medios y, con ello, la desestimación por silencio de la solicitud, para suerte de los malos.
Pronto veremos algún asunto en el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, pues al poco que leas las Directivas al respecto es fácil ver que esta norma está al margen de las normas europeas, por mucho que quieran disfrazarlos con todas las garantías procesales y constitucionales. Qué duro es haber estudiado tanto derecho para darte cuenta que el legislador se lo salta todo a la torera.
Los mil millonarios de Facebook
La salida a bolsa de Facebook podrá llegar a ser el detonante de una burbuja teconológica, pero que le “quiten lo bailao” a muchos de los empleados y accionistas, así como a los comerciantes y empleados de la zona, que los esperan para “desplumarlos”… Un nuevo capítulo del capitalismo.
Google, ¿Otro jugador menos para el Monopoly?
Las jugueteras van a tener que replantearse muy seriamente modificar el catálogo de ciertos juegos de mesa tipo Monopoly y derivados, ante los nocivos efectos que su adicción en la infancia puede crear en los futuros líderes empresariales. Si Bill Gates, con su ejemplo, ya fue un claro ejemplo, ahora parece que le toca a los creadores de Google. ¿Quieres saber el por qué?
¿Qué efectos perjudiciales ha ocasionado el Monopoly en Google?
En efecto, Sergey Brin y Larry Page parece que, en su infancia, fueron unos excelentes jugadores de Monopoly. Al menos eso parece ser si se aplica, con ciertas licencias, el dicho según el cual “de lo que se come se cría”.
En pocos años, su empresa, Google, ha sido capaz de construir un auténtico imperio. Tanto que ha pasado de ser “el” buscador de internet por antonomasia, a tener intereses en múltiples sectores.
¿Qué le preocupa a la U.E.?
Ello ha hecho que, por lo que se refiere a internet y a su principal activo en la red, la publicidad, haya despertado las suspicacias de la U.E. que lleva investigando a Google desde el año 2.010 a consecuencia de varias denuncias interpuestas por, entre otros, Microsoft (toda una garantía de éxito en este asunto, ya que ha sido y sigue siendo uno de los mayores monopolios en el sector TIC).
En concreto, la U.E. está preocupada por lo siguiente:
1º.- Porque, al realizar una búsqueda en su buscador, la propia Google priorice en la página sus servicios en detrimento de los de sus competidores.
2º.- Porque Google copia todo tipo de información de los websites de la competencia, usándola en su propia página sin permiso previo y aprovechando los beneficios que ello conlleva.
3º.- Por los acuerdos en los sites en los que Google incluye anuncios de búsqueda, que dan lugar a una “exclusividad de facto” a su favor y, con ello, cierra posibilidades de entrada a competidores.
4º.- Y, finalmente, por las restricciones a la portabilidad de las campañas de publicidad relacionadas con las búsquedas en línea, desde su plataforma AdWords a otras plataformas de competidores.
¿Por qué Google no puede hacer lo que quiera?
Muchos pueden pensar que si una empresa tiene un servicio excepcional debería tener libertad para poder seguir adelante con ello, siendo los competidores los que han de ponerse las pilas.
No obstante, las cosas nunca son tan simples y, por eso mismo, existe el llamado derecho de la competencia que tiene por finalidad promover una competencia justa entre las empresas que redunde en beneficio último de los consumidores.
Así, en general, cuanto mayor sea la competencia, mayor será la probabilidad de que las empresas sean eficientes (y por tanto, menores sus precios) y mayores sean las variedades o tipos de productos (tanto en cantidad como en calidad) y mejores condiciones tendrán los consumidores.
Dentro de las conductas que se prohíben, en este caso, se trata de prácticas abusivas que son las que se adoptan cuando una empresa tiene una posición dominante, como es el caso de Google.
En un primer momento, puede que nadie tenga intención de caer en dichas conductas, pero cuando se disfruta de una situación monopolística las tornas pueden cambiar suponiendo ello la destrucción de la innovación y la competencia y perjudicando a los consumidores finales, ya que tendrían que soportar las condiciones impuestas por el “abusón”.
¿Qué pasará a partir de ahora?
En un principio, la U.E. le da unas semanas para que modifiquen su forma de actuar, de modo que, sólo si niegan a ello, se iniciaría un expediente sancionador que puede acabar con un multazo equivalente al 10% de su facturación global.
¿Qué pasará? Ya lo veremos…
Tutoriales Avezalia
Normas legales sobre comunicaciones comerciales electrónicas - 2ª parte.
Recomendaciones.-
- Si te perdiste la 1ª parte, ve a este enlace
- Si quieres ver mejor la diapositiva, picha en la imagen y veras qué sucede!
La opuesta actitud de Twitter y Facebook frente a la censura
Si es cierto que Facebook es la red social políticamente correcta, en la que mentimos a nuestros amigos y aparentamos lo que esperan los demás y Twitter el lugar donde eres absolutamente sincero y transparente con perfectos desconocidos, está claro que los responsables de las redes sociales son perfectos reflejos de ello. Será por eso que cada vez que hay problemas de censura Twitter da la cara y Facebook (a pesar de su denominación) la baja. El último ejemplo lo tenemos en Pakistán.
Siempre pasa lo mismo por los mismos motivos: supuestas ofensas de tipo religioso efectuadas por internautas o medios digitales con un mayor o menor tacto y empatía y con una mayor o menor educación y cultura. Vamos, nada nuevo en una sociedad occidental y todo un mundo en las culturas de países con un mayor componente religioso.
Si antes de la revolución TIC, estas supuestas ofensas eran fácilmente controlables por el escaso número de medios, las redes sociales del siglo XXI han originado un fenómeno incontrolable en la que cualquier salida de tono trae consecuencias en cascada.
En esta ocasión, los hechos se han localizado en Pakistán y el motivo ha sido la difusión de caricaturas del profeta Mahona en las redes sociales.
La reacción de las autoridades pakistaníes ha sido la de “solicitar” la retirada de las imágenes de las principales redes sociales, siendo la respuesta de las mismas dispar:
Mientras Facebook ha optado por el “sí, bwana” y ha bajado la cabeza y la cara (será que tienen la face fija en el book), Twitter, de forma coherente con su política legal y con la atribución de la titularidad de la información a los usuarios, ha dado la cara.
Lógicamente, las consecuencias han sido igualmente dispares: mientras Facebook ha eliminado de raíz las menciones, Twitter ha sido bloqueado por Pakistán.
A pesar de que en ambos casos estamos ante entidades que gestionan sistemas para obtener una ganancia dineraria, la actitud de las mismas ante supuestos que coartan la libertad de expresión es muy diferente.
Que cada cual saque sus propias conclusiones tanto respecto a ambas redes sociales, como con relación a los Gobiernos en los que la censura es práctica imperante y en la que, parece ser, existen pocos remedios judiciales para valorar, con las debidas garantías este tipo de manifestaciones.
Apple siempre gana, los demás casi siempre pierden.
Adaptando el famoso dicho futbolístico: la informática de consumo es una industria inventada por otros en la que siempre gana Apple. Como consecuencia de ello, los demás siempre perdemos. Al menos económicamente hablando. Así, los “beneficios” obtenidos por la empresa de la manzana mordida (¿os recuerda a algo?) apenas si repercuten positivamente en España. Vamos, que no vemos ni un “pavo” en España a pesar de que baten records de ventas de iPhone, iPad y similares. ¿Quieres saber cómo se lo montan para salirse con la suya?
Apple funciona en España a través de dos sociedades, Apple Marketing Iberia y Apple Retail España.
Apple Marketing Iberia: la que vende los cacharritos a través de terceros.
Esta sociedad es la que se encarga de las ventas de los productos en España.
El secreto está en que esta sociedad actúa como comisionista, esto es, como representante de la verdadera vendedora, que no es otra que la sociedad irlandesa, Apple Sales International.
De este modo, la sociedad española gana una comisión del 1% de cada venta, de modo que el 99% restante se lo lleva calentito la sociedad irlandesa.
Si a eso unimos que ese 1% apenas da para cubrir gastos, los beneficios finales son tan escasos que en el impuesto de sociedades del año 2.011, le tenemos que devolver dinerito encima…
El secreto está en que Irlanda tiene un tipo del citado impuesto mucho menor que el de España.
Apple Retail España: la que tiene las Apple Stores.
Esta sociedad es la que gestiona las tiendas propias de Apple, las famosas Apple Stores.
El mecanismo es similar al anterior, de modo que, como los productos se compran a Apple Store International, los beneficios por las ventas son tan escasos que, casi se van en cubrir los gastos que dichas tiendas, sus suministros y su personal suponen.
Distribuidores ajenos: también pierden, pero tienen “charm”.
Tanto pierden los demás, que parece ser que también lo hacen los distribuidores ajenos que comercializan los productos de Apple.
Ello es así porque las comisiones que obtienen por la venta de cada producto de Apple es, claramente inferior a la que obtienen con los de otras empresas.
Pero, pero, pero… Pasa como todo en esta vida: los productos Apple son punteros en el mercado actual y le dan caché a las distribuidoras, que se pegan por tenerlos para obtener ingresos indirectos con las ventas inducidas.

